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Factura electrónica en Panamá: quién está obligado y por dónde se empieza

La factura electrónica en Panamá se hace en el Sistema de Factura Electrónica de la DGI, y es obligatoria para todo RUC nuevo desde 2022 y para quienes tenían una excepción del equipo fiscal, que venció en 2024. Para empezar hacen falta el RUC al día, el acceso a e-Tax 2.0 y una declaración jurada. Después eliges cómo emitir, y ahí hay dos caminos con costos muy distintos.

Actualizada el 24 de septiembre de 2026← Todas las guías

Contesta

«cómo empiezo con la factura electrónica en Panamá»

La factura electrónica en Panamá vive en el SFEP, el Sistema de Factura Electrónica de Panamá, que se rige por la Ley 256 de 26 de noviembre de 2021, y todo el trámite pasa por la DGI. El orden es siempre el mismo y no se puede saltar ningún paso.

Esto no es asesoría fiscal. Es lo que publica la DGI en su portal, consultado el 23 de septiembre de 2026, con las fuentes al final, para que llegues con las preguntas correctas a tu contador.

Quién está obligado

Según la DGI:

  • Todo RUC nuevo desde el 1 de enero de 2022.
  • Los proveedores del Estado.
  • Quienes tenían certificado de excepción del equipo fiscal: esas certificaciones vencieron el 1 de marzo de 2024, y sus titulares deben migrar al SFEP.

Para el resto es voluntaria: la DGI indica que cualquier inscrito puede usarla desde el 1 de junio de 2021. Quien sigue con impresora fiscal, y cómo conviven los dos sistemas → factura fiscal y equipo fiscal.

Lo que necesitas, en orden

1. El RUC con los datos al día. No basta con tenerlo: la DGI pide que la información esté actualizada, incluidas la actividad económica principal y el número y la fecha de tu aviso de operación. Si todavía no lo tienes, ese es el paso anterior → aviso de operación.

2. El acceso a e-Tax 2.0, con tu RUC y tu NIT, porque todo se hace desde ahí → cómo entrar a e-Tax 2.0.

3. La declaración jurada de adopción. Se hace en e-Tax 2.0, en el menú de factura electrónica, y es lo que te registra formalmente como emisor. Es un trámite gratuito.

Y si vas por un PAC, el certificado de firma electrónica. La DGI recuerda que la validez legal de la factura electrónica la garantiza la firma electrónica calificada del emisor, según la Ley 51 de 2008, y para la modalidad PAC exige que tramites tu propio certificado, incluso trabajando con el proveedor. Se empieza con la solicitud de apoderado en e-Tax 2.0 y lo emite la Dirección Nacional de Firma Electrónica del Registro Público → firma electrónica en Panamá. Las páginas del facturador gratuito, en cambio, solo piden entrar con el RUC y el NIT.

Los dos caminos para emitir

El facturador gratuito de la DGI. No cuesta nada, se usa desde el celular o la computadora y está pensado para profesionales emprendedores y pequeñas empresas. Tiene un tope, que la DGI publica en una tabla y ha cambiado con los años:

Ingresos brutos anuales Documentos al mes
Hasta B/. 36 000 100

Cómo se adopta paso a paso, qué hace y qué no → facturador gratuito de la DGI.

Un Proveedor Autorizado Calificado (PAC). Es una empresa habilitada por la DGI que valida tus documentos, les otorga la autorización de uso y los remite a la DGI. Se paga, y es la modalidad para quien necesita que su propio sistema emita: el facturador gratuito no permite integración con otros sistemas. Puedes trabajar con más de un PAC.

La decisión, entonces, tiene dos filtros. El tope: si facturas más de B/. 36 000 al año o emites más de 100 documentos al mes, el gratuito no es tu caso. Desde dónde facturas: si quieres que la factura salga de tu punto de venta, tu sistema de inventario o tu tienda en línea, tampoco.

Si eliges PAC, qué preguntar antes de firmar

  • ¿Se integra con lo que ya usas? Punto de venta, sistema de inventario, tienda en línea. Si la respuesta es «se puede desarrollar», eso es un proyecto aparte con su propio costo.
  • ¿Cómo cobra? Por documento, por paquete mensual o por plan fijo. Con volumen bajo, un plan fijo puede salir más caro que otro PAC.
  • ¿Qué pasa si me voy? Tus documentos emitidos son tuyos: pregunta cómo los exportas y en qué formato, antes de necesitarlo.
  • ¿Qué soporte tiene? Un error de facturación se resuelve el mismo día o no se resuelve.

El plazo de quince días

Quien hace la declaración jurada de adopción bajo la modalidad del facturador gratuito tiene un máximo de quince días calendario para aceptar los términos y condiciones e iniciar la facturación. Conviene adoptarlo cuando ya vayas a empezar a facturar, no antes.

Cómo se valida una factura electrónica

  • Por el código QR de la factura, o por su CUFE, el código único de cada factura, en la consulta del portal de factura electrónica de la DGI. En febrero de 2026, al explicar la ley del precio total, la DGI indicó que las facturas electrónicas deben incluir un código QR.
  • Para saber si un proveedor factura electrónicamente, el mismo portal tiene una consulta pública de facturadores electrónicos, con su nombre, RUC, fecha de afiliación y actividad económica.
  • Si el cliente quiere papel, puede pedir el CAFE, el Comprobante Auxiliar de Factura Electrónica.

Lo que esto no arregla

Facturar bien es una obligación, no un canal de ventas. Lo que sí conviene cuidar es la coherencia: que el nombre con el que facturas sea el mismo que aparece en tu ficha de Google y en tu sitio. Un cliente que recibe una factura a nombre de una sociedad que no reconoce escribe para preguntar si le cobraron bien, y esa llamada la podrías haber evitado.

Fuentes oficiales

Lo que también se pregunta

¿Quién está obligado a emitir factura electrónica en Panamá?

Según la DGI, todo RUC nuevo desde el 1 de enero de 2022, los proveedores del Estado y quienes tenían un certificado de excepción del equipo fiscal, porque esas certificaciones vencieron el 1 de marzo de 2024. Cualquier otro contribuyente puede adoptarla de forma voluntaria.

¿Qué necesito antes de poder emitir?

El RUC con los datos al día —incluidos la actividad económica principal y el número y la fecha de tu aviso de operación—, el acceso a e-Tax 2.0 con tu RUC y tu NIT, y la declaración jurada de adopción, que se hace ahí mismo. Si eliges la modalidad PAC, además, el certificado de firma electrónica.

¿El facturador gratuito me sirve?

Según la tabla que publica la DGI, consultada el 23 de septiembre de 2026, es para personas naturales y jurídicas con ingresos brutos anuales de hasta B/. 36 000 y hasta 100 documentos al mes. Además, no se integra con otros sistemas. Si pasas de eso, el camino es un PAC.

¿Qué es un PAC?

Un Proveedor Autorizado Calificado: una empresa habilitada por la DGI que valida tus documentos electrónicos, les otorga la autorización de uso y los remite a la DGI. Se paga, y con esa modalidad la DGI exige que tengas tu propio certificado de firma electrónica.

¿Cuánto tiempo tengo después de adoptar el sistema?

Quienes hacen la declaración jurada de adopción bajo la modalidad del facturador gratuito cuentan con un plazo máximo de quince días calendario para aceptar los términos y condiciones y empezar a facturar.

¿La factura electrónica reemplaza al equipo fiscal?

Para los obligados, sí. Para el resto, en septiembre de 2024 la DGI todavía listaba el equipo fiscal con su dispositivo de transmisión entre los métodos autorizados, y no ha publicado una fecha general en que deje de valer. Quien se pasa a la electrónica pide la desincorporación de su equipo.

¿Necesito una página web para facturar?

No, son cosas distintas: facturar es una obligación fiscal y el sitio es un canal de clientes. Lo que sí conviene es que los datos coincidan —el nombre con el que facturas y el que usas en Google y en tu sitio— porque tus clientes los cruzan.

¿Te quedó una duda que la guía no contesta?

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