Guía
Salario mínimo en Panamá 2026: la tabla por región y actividad del decreto vigente
El salario mínimo en Panamá se fija por hora y cambia según dónde está el negocio, a qué se dedica y cuántos empleados tiene. Las tasas vigentes son las del Decreto Ejecutivo 13 de 31 de diciembre de 2025, que rigen desde el 16 de enero de 2026 para el período 2026 y 2027. La de una empleada doméstica es la única mensual.
«cuál es el salario mínimo en Panamá en 2026»
En Panamá el salario mínimo no es un número único: se fija por hora, según la región, la actividad económica, la ocupación y el tamaño de la empresa. Las tasas vigentes son las del Decreto Ejecutivo 13 de 31 de diciembre de 2025, publicado en la Gaceta Oficial 30438 del 6 de enero de 2026, que rige desde el 16 de enero de 2026 y derogó el Decreto Ejecutivo 1 de 2024.
Esto no es asesoría laboral. Es lo que dicen el decreto y el Código de Trabajo, y lo que publica el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL), consultado el 24 de septiembre de 2026. Las tasas de tu actividad exacta están en el decreto o en la consulta en línea del MITRADEL.
Cómo se fija
El Código de Trabajo define el salario mínimo como la cantidad menor en dinero que el empleador debe pagar, fijada por unidad de tiempo para la región, la actividad o la profesión (artículo 173). Se fija por lo menos cada dos años, por decreto del Órgano Ejecutivo y con la recomendación de la Comisión Nacional de Salario Mínimo (artículo 174), que según el MITRADEL es tripartita: empresas, trabajadores y Gobierno.
El decreto de diciembre de 2025 recoge las tasas que esa comisión recomendó para 2026 y 2027.
Las dos regiones
Región 1: los distritos de Panamá, Colón, San Miguelito, David, Santiago, Chitré, Aguadulce, Penonomé, Bocas del Toro, La Chorrera, Arraiján, Capira, Chame, Antón, Natá, Las Tablas, Bugaba, Boquete, Taboga, San Carlos, Chepo, Guararé, Los Santos, Pedasí, Dolega, San Félix, Barú, Boquerón, Portobelo, Donoso, Santa Isabel, Santa María, Parita, Pesé, Atalaya, Changuinola, Chiriquí Grande, Almirante, Tierras Altas y Omar Torrijos Herrera.
Región 2: el resto de los distritos del país.
Las actividades que el decreto marca como nacionales tienen la misma tasa en las dos regiones.
La tabla, para las actividades más comunes
Tasas por hora, en balboas, del artículo 2 del decreto. Donde el decreto distingue por tamaño, la «gran empresa» es la que tiene el número de empleados que se indica, o más:
| Actividad | Región 1 | Región 2 |
|---|---|---|
| Comercio al por menor, pequeña empresa | 2,37 | 1,99 |
| Comercio al por menor, gran empresa (11 empleados) | 3,02 | 2,48 |
| Supermercados (5 o más sucursales) | 3,09 | 2,54 |
| Comercio al por mayor y en comisiones | 3,02 | 2,48 |
| Restaurantes, pequeña empresa | 2,32 | 1,95 |
| Restaurantes, gran empresa (11 empleados) | 3,09 | 2,54 |
| Discotecas, bares y cantinas (nacional) | 3,40 | 3,40 |
| Hoteles, pequeña empresa | 2,38 | 1,98 |
| Hoteles, gran empresa (11 empleados) | 2,96 | 2,43 |
| Agencias de viajes, operadores turísticos y reservas | 3,09 | 2,44 |
| Industrias manufactureras, pequeña empresa | 2,32 | 1,95 |
| Industrias manufactureras, gran empresa (16 empleados) | 3,13 | 2,58 |
| Construcción | 3,51 | 3,30 |
| Transporte | 3,16 | 2,61 |
| Información y comunicación (nacional) | 3,16 | 3,16 |
| Actividades profesionales, científicas y técnicas (nacional) | 3,02 | 3,02 |
| Firmas de abogados, contabilidad y auditoría, 14 empleados o menos (nacional) | 2,89 | 2,89 |
| Actividades administrativas y servicios de apoyo (nacional) | 3,12 | 3,12 |
| Actividades inmobiliarias | 3,47 | 3,10 |
| Servicios sociales y de salud humana | 3,22 | 2,64 |
| Spas y clínicas estéticas | 3,43 | 2,57 |
| Otras actividades de servicios | 3,12 | 2,55 |
| Trabajador doméstico (mensual) | 350,00 | 320,00 |
El decreto tiene muchos más renglones, con casos específicos —estaciones de combustible, casinos, gimnasios, mecánicos, trabajadores portuarios—: si tu actividad tiene su propio renglón, vale ese.
De la hora a la semana
La cuenta es la tasa por hora por las horas trabajadas. El artículo 31 del Código fija las jornadas máximas:
| Jornada | Máximo por día | Máximo por semana |
|---|---|---|
| Diurna | 8 horas | 48 horas |
| Nocturna | 7 horas | 42 horas |
| Mixta | 7 horas y media | 45 horas |
Y agrega que las siete horas nocturnas y las siete y media de la mixta se pagan como ocho horas diurnas para el cálculo del salario mínimo.
Un ejemplo: una pequeña empresa de comercio al por menor en la Región 1, con jornada diurna de 48 horas, paga como mínimo 2,37 × 48 = B/. 113,76 a la semana.
Las horas extra
Lo que pase de la jornada es jornada extraordinaria y lleva recargo sobre el salario (artículo 33):
- 25 % si es en el período diurno.
- 50 % si es nocturna o prolonga una jornada mixta que empezó de día.
- 75 % si prolonga la jornada nocturna o una mixta que empezó de noche.
Lo que viene con el salario
Pagar el mínimo es una parte. Quien contrata también firma y registra el contrato → contrato de trabajo en Panamá, se inscribe como empleador en la Caja de Seguro Social y declara la planilla cada mes → inscripción patronal en la CSS y planilla de la CSS. El mapa del resto del Código → Código de Trabajo de Panamá.
Fuentes oficiales
- El salario mínimo en Panamá — MITRADEL, con el Decreto Ejecutivo 13 de 31 de diciembre de 2025 (Gaceta Oficial 30438, 6 de enero de 2026).
- Consulta del salario mínimo — MITRADEL, por región, actividad económica y provincia.
- Código de Trabajo — MITRADEL: artículos 31, 33 y 172 a 180.
Revisión: las tasas son para 2026 y 2027; esta guía se revisa cuando salga el decreto siguiente.
Lo que también se pregunta
¿Cuál es el salario mínimo en Panamá en 2026?
No hay uno solo. El Decreto Ejecutivo 13 de 31 de diciembre de 2025 fija tasas por hora según la región, la actividad económica, la ocupación y el tamaño de la empresa, y rige desde el 16 de enero de 2026. Por ejemplo, el comercio al por menor de una pequeña empresa en la Región 1 tiene un mínimo de B/. 2,37 por hora.
¿Qué son la Región 1 y la Región 2?
Son las dos zonas en que el decreto divide el país. La Región 1 incluye, entre otros, los distritos de Panamá, San Miguelito, Colón, Arraiján, La Chorrera, David, Santiago, Chitré y Penonomé. La Región 2 es el resto de los distritos.
¿Cuánto es el salario mínimo de una trabajadora doméstica?
Es el único que el decreto fija por mes: B/. 350 en la Región 1 y B/. 320 en la Región 2.
¿Cada cuánto cambia el salario mínimo?
El Código de Trabajo manda fijarlo por lo menos cada dos años, por decreto del Órgano Ejecutivo y con la recomendación de la Comisión Nacional de Salario Mínimo. Las tasas del decreto vigente son las que esa comisión recomendó para 2026 y 2027.
¿Cómo se calcula el salario mínimo de la semana?
Multiplicando la tasa por hora por las horas trabajadas. La jornada máxima diurna es de ocho horas y 48 a la semana; la nocturna y la mixta son más cortas, pero para el salario mínimo se pagan como ocho horas diurnas.
¿Dónde consulto el salario mínimo de mi actividad?
El Ministerio de Trabajo tiene una consulta en línea del salario mínimo, por región, actividad económica y provincia, que entrega el resultado por correo o en PDF. La tabla completa está en el decreto, que el ministerio publica en su página del salario mínimo.
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